Colaboración con las Autoridades Mexicanas en Materia de Seguridad y Justicia
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), Bicentel, S.A. de C.V. (en adelante C3ntro Telecom) da a conocer los datos del Área Responsable con el objeto de atender los requerimientos de las autoridades competentes en términos del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones expide los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia y modifica el Plan Técnico Fundamental de Numeración publicado el 21 de junio de 1996; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2015.
Datos del área responsable
Bicentel, S.A. de C.V. es el nombre del Permisionario al cual las autoridades en materia de Seguridad, Impartición y Administración de Justicia deberán dirigir los oficios de requerimientos conforme al Plan Nacional de Numeración.
Domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos
Av. Paseo de Las Palmas 340 - PH, Lomas de Chapultepec, V Secc, Miguel Hidalgo, CDMX, México. CP 11000.
Dirección de correo electrónico
Procedimientos
a) Atención a requerimientos de autoridades facultades y designados de datos conservados:
Se sugiere la utilización del “Formato para la Gestión de Requerimientos de Información en Materia de Seguridad y Justicia”, identificado como Anexo I de los Lineamientos de Colaboración expedido por el pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Una vez recibido el requerimiento y en caso de que el mismo cumpla con los requisitos que estipula le ley, se dará contestación adjuntando la información necesaria para su desahogo, por la misma vía electrónica a la dirección de correo electrónico de la autoridad emisora.
b) Atención de órdenes de intercepción de comunicaciones:
Toda orden de intervención de comunicaciones deberá ser autorizada previamente por Juzgados Federales que faculte la ley, y deberá ser enviada de manera física y/o electrónica al domicilio o dirección electrónica de C3ntro Telecom. descritos anteriormente según sea el caso, debiendo cumplir con los requerimientos plasmados en la LFTR y sus respectivos Lineamientos, ya que en caso contrario será devuelta a la autoridad emisora en cumplimientos de los mismos términos lineamientos legales.
La empresa deberá rendir el informe correspondiente, señalando si existió o no la posibilidad técnica para intervenir la comunicación de los equipos en el término que la misma orden señale.
La presente información es de uso exclusivo para autoridades facultadas y/o designadas, por lo que en caso de hacer uso indebido de la misma C3ntro Telecom se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales conducentes para denunciar los hechos que pudieran constituir la comisión de un delito derivado del uso indebido de los medios de comunicación antes descritos.